Primera sentencia favorable a los funcionarios por la paga extra anulada

A la espera de lo que dictamine el Tribunal Constitucional en su día sobre la posible ilegalidad del carácter retroactivo que el Gobierno pretendió dar a la anulación en 2012 de la paga extra de Navidad para el personal del sector público, distintas instancias judiciales van emitiendo sentencias casi con cuentagotas que, eso sí, van dando la razón a los perjudicados. La última de ellas -conocida ayer- y que, a su vez, es la primera que beneficia directamente a un funcionario, la ha dictado el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Palencia.
En su fallo, por el que condena a la Diputación Provincial a que restituya a una de sus empleadas la suma de 501,30 euros correspondiente a una cuarta parte de la extra de diciembre, el juez declara que no cabe aplicar los efectos de esa anulación antes de la fecha del decreto derogatorio. Y subraya que «sin hacer grandes escorzos interpretativos», lo que «con lógica cabe entender» es que el personal público perdió sus derechos de cobro en lo referente al período comprendido entre el 15 de julio y el 30 de noviembre de 2012, pero en modo alguno antes.
Se basa en las mismas leyes que usó la Audiencia Nacional (como una resolución de Hacienda sobre pagas extra), respaldada a su vez por la jurisprudencia del Tribunal Supremo, para afirmar que la paga extraordinaria se devenga día a día, pese a abonarse al final de cada semestre. Es decir, que quedarían fuera del decreto del Gobierno los emolumentos ya generados entre el 1 de junio y el 14 de julio de 2012.